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Faltas de asistencia

En caso de faltas de asistencia del alumnado, habrá que entregar al tutor correspondiente el modelo de justificante del Centro debidamente cumplimentado. El justificante se puede pedir en Conserjería o descargar haciendo clic aquí.

Recordamos que no todas las faltas son justificables y que será el tutor quien, en última estancia, justifique la falta o no dependiendo de la validez de la justificación.

Situaciones por las que puede considerarse una falta justificada:

No se considerarán ausencias justificadas:

Por enfermedad/visita médica


Enfermedad común: será válido un justificante escrito de los progenitores o tutores legales. Si el tutor/a considera dudosa la veracidad del justificante, lo comunicará al equipo directivo, que realizará las comprobaciones pertinentes. Podrá contar con la colaboración del Orientador/a, PTSC del centro o PTSC de
los EOEP.
Enfermedad prolongada, convalecientes en domicilio, hospitalizados: se requerirá a los progenitores o tutores legales el informe médico correspondiente. Solicitud, si procede y a instancia de la familia de Atención Educativa Domiciliaria.
Acompañamiento a los progenitores o tutores legales a cualquier actividad laboral o gestión a realizar por los mismos: venta ambulante, comprar productos para el trabajo, traducir conversaciones o documentos, etc.

Faltas por causa familiar: Solo cuando se trate de un familiar en primer o segundo grado para situaciones excepcionales tales como: enfermedad grave, internamiento u operación, bodas, bautizos, funerales etc. Se requiere justificante escrito de uno de los progenitores o tutor legal y documento que acredite la circunstancia.

 

• Actividades propias de adultos: hacer tareas domésticas, cuidar a hermanos/as menores o abuelos, ayudar en el trabajo del padre, madre o tutor legal, etc.
Resto de faltas por otras causas: Citaciones de carácter jurídico o similar, tramitación de documentos oficiales o presentación a pruebas oficiales: con documento acreditativo.

Por lo tanto, los tutores o, en su caso, el equipo directivo son los responsables de dar veracidad a los justificantes de los posibles casos de absentismo escolar emitidos por adultos.

El facultativo no tiene obligación de extender justificantes de faltas de asistencia a clase de menores por visita médica o procesos aislados de corta duración, pero sí se puede aportar el informe médico si la situación lo requiere.

Se podrá requerir una justificación adicional en cualquier tipo de absentismo referido a faltas numerosas o reiteradas, y en casos de antecedentes de absentismo con permisividad familiar de las ausencias.

 



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